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Convocatoria 2025 de Ayudas para la Certificación Internacional de Empresas.

La Cámara de Comercio de España ha lanzado la convocatoria oficial para la Línea de Ayudas 2025 de Certificación Internacional, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Esta línea de ayudas está dirigida a empresas españolas que busquen certificarse para exportar fuera de la Unión Europea, facilitando su acceso a nuevos mercados internacionales.

🗓 Fechas de la convocatoria

  • Inicio de solicitudes: 28 de abril de 2025 a las 09:00 h
  • Fin del plazo: 23 de mayo de 2025 a las 14:00 h

🖥 Forma de presentación

Las solicitudes deben presentarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Cámara de Comercio de España.

Requisitos para acceder a la ayuda

Para poder beneficiarse, las empresas deben:

  1. Tener sede en España.
  2. Disponer de productos o servicios propios.
  3. Facturar más de 300.000 € anuales.
  4. Acreditar condición de empresa exportadora (si se solicita una certificación voluntaria), mediante documentos como el DUA, Intrastat, contratos o facturas de prestación de servicios en el extranjero.

📄 Documentación obligatoria

Se debe presentar:

  • Declaraciones responsables (Anexos 2 al 7 y 9).
  • DNI del solicitante o representante.
  • Poderes de representación y acta de titularidad real.
  • Tarjeta de Identificación Fiscal.
  • Declaración IVA (modelo 390) o equivalente.
  • Justificación de exportaciones recientes.
  • Datos de actividad y exportación de la empresa.
  • Información sobre plantilla, facturación y países destino.

💶 Importe y condiciones de la ayuda

  • Cuantía máxima por empresa: entre 20.000 € y 150.000 €, según la facturación.
  • Cofinanciación: hasta el 80 % de los gastos subvencionables.

🧾 Gastos subvencionables

Se incluyen los gastos relacionados directamente con el proceso de certificación internacional:

  • Consultoría para la certificación.
  • Costes de envío, devolución o destrucción de muestras.
  • Ensayos de productos.
  • Emisión de certificados.

⚠️ No se incluyen certificaciones exigidas por normativa nacional o comunitaria ni trámites tributarios o aduaneros.

📌 Periodo subvencionable

Los gastos elegibles deben haberse realizado entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de mayo de 2025.

🔗 Presentación de solicitudes

Accede a la solicitud oficial en la Sede Electrónica de la Cámara de Comercio.

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