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AFITI Informa | Revisión normativa del marcado CE de puertas/ventanas en el marco del Reglamento (UE) 2024/3110

Ensayo de resistencia al fuego de una puerta cortafuegos según norma UNE EN 1634-1 en laboratorio acreditado / Fire resistance test on a fire-rated door according to UNE EN 1634-1 in an accredited laboratory
Reglamento (UE) 2024/3110 sobre productos de construcción con logotipo de AFITI LICOF

El marcado CE en puertas/ventanas es obligatorio para la comercialización de estos productos en el mercado de la Unión Europea. En el contexto del nuevo Reglamento (UE) 2024/3110 sobre productos de la construcción, la normativa aplicable a puertas y ventanas está siendo revisada para mejorar la coherencia entre diferentes normas técnicas, especialmente en lo relativo a la resistencia al fuego y otras prestaciones.


¿Qué implica el marcado CE para puertas?

El marcado CE garantiza que una puerta peatonal, industrial o comercial cumple con los requisitos esenciales en materia de seguridad, salud, eficiencia energética y resistencia mecánica establecidos por la legislación europea. Su presencia es imprescindible para distribuir estos productos dentro del Espacio Económico Europeo.


Normas armonizadas actualmente en revisión

El proceso de revisión normativa afecta a las siguientes normas armonizadas aplicables al marcado CE de puertas y ventanas:

  • EN 14351-1: Puertas y ventanas exteriores.
  • EN 14351-2: Puertas interiores.
  • EN 13241: Puertas industriales, comerciales y de garaje.
  • EN 16034: Prestaciones de resistencia al fuego y control de humos.

Objetivo de la revisión: integración normativa

El propósito principal de esta revisión es integrar las prestaciones de resistencia al fuego con otros requisitos funcionales, evitando así procesos de certificación duplicados para productos combinados. Esta racionalización permitirá un enfoque más práctico tanto para fabricantes como para organismos notificados.


Nuevos conjuntos normativos propuestos

A partir de esta revisión, se plantean los siguientes agrupamientos normativos para el marcado CE de puertas y ventanas:

  • Puertas peatonales: combinación de EN 14351-1 (sin incluir ventanas), EN 14351-2 y EN 16034.
  • Ventanas: combinación de EN 14351-1 (sin incluir puertas) y EN 16034.
  • Puertas industriales con resistencia al fuego: combinación de EN 13241 (sin incluir puertas peatonales) y EN 16034.
  • Puertas industriales sin resistencia al fuego: basada parcialmente en EN 13241.

Impacto en fabricantes y empresas del sector

Este cambio normativo implica que los fabricantes, instaladores, mantenedores y proveedores de puertas/ventanas deberán:

  • Revisar la documentación técnica de sus productos.
  • Comprobar la vigencia o necesidad de actualización de certificados de conformidad.
  • Adaptar sus procesos de evaluación conforme a las nuevas agrupaciones normativas.

No se prevé una aplicación inmediata, pero es recomendable anticipar los cambios para garantizar la conformidad legal continua una vez que entren en vigor las nuevas versiones de las normas.


Conclusión: seguimiento técnico recomendado

La revisión normativa del marcado CE para puertas forma parte del proceso de actualización general del Reglamento Europeo de Productos de Construcción (UE) 305/2011. A medida que se publiquen las nuevas versiones de las normas armonizadas, será necesario ajustar procesos internos y productos para mantener la conformidad.

Recomendamos a los profesionales del sector mantenerse informados sobre las fechas de publicación y transposición de las nuevas normas.

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